La indemnización por años de servicio es una compensación económica que el empleador debe otorgar al trabajador cuando el vínculo laboral finaliza por determinadas causales contempladas en el Código del Trabajo, como las necesidades de la empresa o el desahucio.
Sin embargo, este beneficio no se aplica en todas las formas de término del contrato. Por ejemplo, si el trabajador presenta su renuncia voluntaria o es desvinculado por una falta grave, por regla general no tiene derecho a recibir esta indemnización.
¿Cómo se calcula?
El cálculo corresponde a un mes de remuneración por cada año de servicio prestado en la empresa. No obstante, existe un límite legal de 11 años, por lo que el empleador no estará obligado a pagar más de 11 meses de sueldo por este concepto, aun cuando la antigüedad del trabajador sea superior.
Para establecer el valor de la indemnización, se considera la última remuneración mensual, incluyendo todos los haberes de carácter fijo que formen parte del sueldo.
¿Hay excepciones al tope?
En determinadas circunstancias, las reglas generales pueden variar. Esto ocurre, por ejemplo, cuando el empleador ha sido declarado responsable de una quiebra fraudulenta o cuando el despido se produjo manteniendo impagas las cotizaciones previsionales del trabajador. En estos escenarios, la normativa contempla disposiciones especiales que podrían alterar la forma de calcular la indemnización.
Debido a la complejidad de estos casos, resulta conveniente solicitar orientación a la Dirección del Trabajo o recurrir a un abogado especializado en derecho laboral.
¿Qué pasa si el empleador no paga o paga menos?
Ante un incumplimiento, el trabajador tiene la posibilidad de presentar una denuncia ante la Inspección del Trabajo. Si un tribunal determina que la negativa del empleador fue injustificada, el juez puede aplicar un recargo de hasta un 50% sobre la indemnización correspondiente.
Para ejercer esta acción judicial, existe un plazo de 60 días hábiles contados desde la fecha del despido para interponer el reclamo ante los tribunales laborales.


