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Seguro de Cesantía y otros beneficios: quiénes pueden acceder y cómo solicitarlos

Las alternativas tienen requisitos distintos y se tramitan mediante la AFC, el IPS o las cajas de compensación.

Seguro de Cesantía y otros beneficios: quiénes pueden acceder y cómo solicitarlos
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Las personas que perdieron su trabajo pueden acceder a tres mecanismos de apoyo, dependiendo del tipo de contrato, sus cotizaciones y la fecha en que comenzó su relación laboral. Las alternativas son el Seguro de Cesantía, el Fondo de Cesantía Solidario y el Subsidio de Cesantía.

La información se conoce después de que la tasa de desempleo alcanzara 9,6% en el trimestre junio-agosto.

Seguro de Cesantía

El Seguro de Cesantía funciona mediante una Cuenta Individual de Cesantía administrada por la AFC. Cuando una persona queda sin trabajo, puede retirar sus recursos a través de giros mensuales.

Para cobrar debe estar cesante, haber tenido un contrato regido por el Código del Trabajo y contar con cédula nacional chilena.

Quienes tuvieron contrato indefinido o trabajaron en una casa particular necesitan acreditar 10 cotizaciones. Para contratos a plazo fijo, por obra o servicio se exigen cinco.

El trámite se realiza en el portal de la AFC con RUN y ClaveÚnica o mediante la clave entregada por la administradora.

Fondo de Cesantía Solidario

El Fondo de Cesantía Solidario está disponible cuando la persona no tiene recursos suficientes en su cuenta individual y perdió el empleo por alguna de las causales admitidas.

Entre ellas se encuentran necesidades de la empresa, quiebra del empleador, vencimiento del contrato, término de la obra o servicio y caso fortuito o fuerza mayor.

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El solicitante debe contar con 10 cotizaciones pagadas al fondo durante los 24 meses anteriores al despido. Las tres últimas deben ser continuas y corresponder al mismo empleador.

También necesita una cuenta activa en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que esta ofrezca. El Fondo de Cesantía Solidario permite recibir hasta 10 pagos mensuales dentro de un período de cinco años. La solicitud se tramita a través de la AFC.

Subsidio de Cesantía

El Subsidio de Cesantía es pagado por el Instituto de Previsión Social o las cajas de compensación. Está dirigido a trabajadores que firmaron su contrato antes del 2 de octubre de 2002 y entrega montos mensuales decrecientes por hasta 360 días.

Durante los primeros 90 días, el pago es de $17.338 mensuales. Entre los días 91 y 180 baja a $11.560, y desde el día 181 hasta el 360 llega a $8.669.

Para acceder se requieren al menos 52 semanas de imposiciones, continuas o discontinuas, dentro de los dos años anteriores a la cesantía. La persona debe estar inscrita en los registros de cesantes de su municipalidad y del IPS o caja de compensación, y haber perdido el empleo por causas ajenas a su voluntad.

El subsidio también contempla asistencia médica gratuita y asignaciones económicas vinculadas a cargas familiares o al fallecimiento de una de ellas.